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Dirección de Registro y Fiscalización

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Responsable del Registro, Control y Fiscalización de las personas físicas y jurídicas, que de algún modo, tienen vinculación con las sustancias estupefacientes y demás drogas peligrosas a las que se refiere la ley y de las pistas de aterrizaje y decolajes de Aeronaves. Deberes y Atribuciones:

a) Disponer el control y las fiscalizaciones, acompañando al personal del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, de la producción, fabricación, importación, exportación, transporte, utilización, almacenamiento, suministro y venta de las sustancias estupefacientes y demás drogas peligrosas.

b) Mantener el registro actualizado de los laboratorios, farmacias y otras empresas o personas físicas o jurídicas que produzcan, fabriquen, comercien, transporten, almacenen o que, de algún modo, se vinculen con las sustancias estupefacientes y demás drogas peligrosas.

c) Registrar, controlar y fiscalizar, conjuntamente con la Dirección General de Aduanas y el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, a las personas físicas o jurídicas que importen o exporten precursores y químicos esenciales o alternativos, y determinar el volumen real de esas importaciones o exportaciones y su respectivo uso.

d) Autorizar y registrar el transporte de dichas sustancias dentro del territorio nacional, identificando el medio, su propietario y conductor.

e) Controlar periódicamente en todo el territorio nacional y con su equipo de inspectores, los laboratorios, farmacias y demás personas físicas o jurídicas que realizan las actividades señaladas en los incisos b) y c), a fin de prevenir la utilización ilícita de sustancias estupefacientes y demás drogas peligrosas.

f) Realizar intercambio de experiencias, datos e informaciones con instituciones similares, nacionales y extranjeras, sobre nuevas drogas y nuevas técnicas de producción o fabricación de sustancias estupefacientes y demás drogas peligrosas y de sistemas de control y fiscalización.

g) Proveer a las instituciones públicas y privadas que la soliciten, información sobre la utilización legal de sustancias estupefacientes y demás drogas peligrosas.

h) Concientizar y motivar al sector privado para lograr su activa participación en el control y fiscalización de las sustancias estupefacientes y demás drogas peligrosas.

i) Mantener el registro de las pistas de aterrizaje y decolaje de aeronaves y fiscalizarlas periódicamente.

j) Informar a la Secretaría Ejecutiva sobre las pistas de aterrizajes de aeronaves no registradas, a los efectos del sumario administrativo pertinente.

k) Trimestralmente, solicitar a la DINAC un listado de las pistas de aterrizajes y decolajes, de los pilotos civiles en actividad y de las aeronaves particulares con matrícula nacional, para el registro correspondiente y efectuar con dicha institución el correspondiente cruce de información; y

l) Cumplir con las demás actividades encomendadas por la Secretaría Ejecutiva. Tareas Administrativas Dar cumplimiento al Art. 2º de la Ley 1.340/88, modificado por la Ley 68/92 que establece la inscripción y reinscripción de todas las personas natural y jurídica, establecido en el Art. 1º de la Ley 1.340/88 y en los Artículos 3º, 44º, 69º y 86º del Decreto 5.213/05. Este procedimiento incluye: Registro de Farmacias, Distribuidoras, Laboratorios, Importadoras, Exportadoras y Usuarios de Precursores y Sustancias Químicas. Pistas de Aeronaves. Verificación de Despacho de Importación. Verificación de Despacho de Exportación. Pequeños Usuarios de Sustancias y Precursores Químicas. Tareas Operativas Inspecciones a Farmacias. Sumarios Administrativos a Establecimientos Farmacéuticos. Inspección de Botiquines. Control de Laboratorios de producción. Tarea Operativa-Judicial Intervenir Farmacias. Propietarios de Farmacias con prisión domiciliaria: 2 Personas detenidas por falsificación de recetas medicas para la obtención de medicamentos sujetos a control por la Ley 1.340/88: 3 Tareas Educativas Con la promulgación del Decreto 5.213/05, se procedió a la divulgación del mismo, realizando charlas informativas en distintas zonas del país (Dpto. de Concepción, Dpto. Cordillera, Dpto. Guaira, Dpto. Caaguazú, Dpto. Alto Paraná y Dpto. Central). También se realizo charlas en CAFAPAR, ADUANAS y a cadenas de farmacias. Logros Obtenidos Implementación del Decreto Nº 12.064/08 de Pequeños Usuarios. Con la promulgación del Decreto Nº 5.213/05, se ha logrado la inscripción de empresas usuarias de Precursores y Sustancias Químicas de todo el país. Se ha reactivado la Comisión Tripartita integrado por el Ministerio de Salud Publica y Bienestar Social, Dirección Nacional de Aduanas y la Secretaria Nacional Antidrogas, para realizar la armonización en lo referente a las importaciones, exportacionesde medicamentos, materia prima, precursores y sustancias químicas sujetos a control por nuestra legislación. Dar cumplimiento a las disposiciones emanadas por la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefaciente (JIFE) de la ONU.



Tras el análisis 29 muestras recibidas en el Laboratorio Forense en el año 2023, y analizada por el Departamento de Investigación Científica de dicha dependencia, se reporta la detección de sustancias emergentes y por ende su circulación a nivel país. Las muestras analizadas fueron caramelos masticables, vaporizadores o cigarrillos electrónicos y sustancias oleosas derivadas de Cannabis.

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