SENAD incautó "hachís premium" destinado al Brasil en Saltos del Guairá
9 dic. 2024 9:50
Publicado el: 26/12/2023 7:49
Nuestra Constitución Nacional, en su Art. 71 – Del Narcotráfico, la drogadicción y de la rehabilitación, establece que "…EI Estado reprimirá la producción y el tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y demás drogas peligrosas, así como los actos destinados a la legitimación del dinero proveniente de tales actividades. Igualmente combatirá el consumo ilícito de dichas drogas. La ley reglamentará la producción y el uso medicinal de las mismas. Se establecerán programas de educación preventiva y de rehabilitación de personas con problemas derivados del consumo de alcohol y drogas con la participación de organizaciones privadas…"; Esta norma constitucional impone al Estado la obligación de combatir al narcotráfico a través de sus organismos creados para ese efecto.
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